Monday, December 9, 2013

Según Corsaín, la LAIP Blinda Sus Operaciones Marítimas

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Netorivas

La privacidad y secreto de las operaciones nocturnas en el puerto de Corsaín, están garantizadas, según la organización, por el artículo 19 de la Ley de Libre Acceso a la Información Pública.

El inciso b. de la LAIP establece:

Art. 19.- Es información reservada:
b. La que perjudique o ponga en riesgo la defensa nacional y la seguridad pública.

Como dijimos antes, en nuestra nota, Corsaín, el Secreto Mejor Guardado, el puerto está cerrado durante el día, pero por la noche como que hay actividad de embarcaciones recalando en el puerto, no se sabe qué clase de mercancías descargan o cargan. Y francamente, yo no sé si investigar los movimientos nocturnos que suceden en el puerto pone en riesgo la defensa nacional y la seguridad pública.

Porque dicen que lo que allí sucede por las noches es algo grande, muy grande y, por eso, nunca vamos a tener acceso a ello a través de la LAIP.

Curiosamente el gerente general de Corsaín, el mexicano con documentación salvadoreña Carlos Danilo Cabrera, fungía también como miembro de la directiva de Insinca, con un jugoso salario. Pero después que nosotros publicamos la nota antes referida, alguien, que dicen fue el amigo predilecto, dio la orden que lo quitaran del jugoso segundo cargo. Quién sabe por qué.

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