Wednesday, November 27, 2013

La Acusación del Fiscal Está “En Crisis” Según la Jueza en el Caso CEL-Enel

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Netorivas

El Juzgado Séptimo de Paz de San Salvador resolvió el lunes que los nueve señalados en el caso CEL-Enel, para quienes la Fiscalía General de la República (FGR) había solicitado la detención preventiva, continuarán procesados en libertad. Solo deberán cumplir algunas medidas restrictivas, informó ayer LPG.

La imputación por peculado (apropiarse de fondos públicos) se basa en la firma del contrato que hicieron administraciones pasadas de la CEL con la italiana Enel Green Power, en 2002, para la explotación de energía geotérmica, que supuestamente perseguía beneficiar a esta última para hacerse con la mayoría de acciones.
La FGR solicitó desde el pasado 11 de noviembre el sobreseimiento definitivo para otras 12 personas también señaladas de corrupción. En sus planteamientos, durante la audiencia inicial, la FGR responsabilizó a todos los señalados de un “plan criminal” para ejecutar una “privatización encubierta” de bienes del Estado, enfilados a que la empresa italiana se quedara con una participación mayoritaria del mercado de energía geotérmica.
Sin embargo, en el planteamiento fiscal, las bases para que todo ello se fraguara se empezaron a sentar concretamente en 1996, con la aprobación de la Ley General de Electricidad, que dio origen a la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) y potestades a esta de otorgar concesiones de explotación de recursos, como la geotermia, sin pasar por una aprobación legislativa.
Y fue precisamente a tal legislación que la jueza Evelyn Jiménez de Solís hizo referencia, luego de detallar de forma amplia todas las sesiones de juntas directivas (de la CEL y LaGeo) que la FGR ha planteado en su acusación como la clave para decidir el beneficio para la empresa italiana.
Jiménez aseveró: “Considera la jueza, se puede inferir que la adecuación típica (del delito de peculado) podría estar en crisis”.
Los argumentos de varios de los defensores fueron similares durante la audiencia inicial: que había legislación para efectuar todo lo que se hizo y que por ello no existía tal delito de peculado. En su momento, durante el desarrollo de la audiencia, fiscales del caso explicaron estar conscientes de que la legislación amparaba los actos.
Lo que se señalaba como anormal, dijeron, eran las sucesivas modificaciones del contrato que permitió a Enel incrementar sus acciones de un 8.5 % a un 12.5 % en LaGeo.
Cuando la FGR presentó su acusación se planteó que la responsabilidad civil ascendía a un aproximado de $20 millones. Posteriormente, se presentó un peritaje que plantea que el perjuicio podría alcanzar más de $1,800 millones. Este, sin embargo, aún no ha sido discutido judicialmente y, según varios defensores, se basa en “proyecciones futuras” de capitalización de la empresa italiana.
Debido a que la responsabilidad civil aún no ha sido discutida y debido a que casi todos los señalados estuvieron durante la audiencia, la jueza expresó que “no ha quedado suficientemente acreditada la petición de embargo” y declaró no ha lugar la petición de embargos preventivos de inmuebles y cuentas bancarias de los acusados.
El exministro de Economía Miguel Lacayo, señalado de instigador del delito de peculado, es el único que deberá pagar una fianza de $25,000 por no llegar a la audiencia. Según su abogado, este ya estaba de viaje cuando fue acusado.
Las medidas para los otros ocho son: no cambiar de lugar de residencia, no salir del país sin autorización judicial, presentarse al Juzgado Séptimo de Instrucción, donde se ventilará el caso, a firmar cada 15 días y no establecer contacto con testigos del caso.Por su lado El Fiscal General de la República, Luis Martínez, criticó las declaraciones de la jueza Carmen Jiménez -a cargo del caso CEL-Enel- quien afirmó que la acusación presentada por la fiscalía está en crisis y sin una verdadera base acusatoria.Martínez calificó de "desatinadas" las apreciaciones de la jueza quien ayer, al momento de dar lectura a la sentencia, dijo que vaticinaba "una acusación en crisis" y que por este hecho no podía considerar una orden de detención para los imputados.

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